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FBAR y cuentas extranjeras

Si mantiene cuentas bancarias o de inversión fuera de EE. UU., revisamos si puede requerirse reporte separado FBAR / FinCEN.

Cómo funciona

Primero describe brevemente su situación. Luego prepara los documentos, los comparte de forma segura y revisa el resultado antes de presentar.

Los documentos se transmiten solo por un método seguro después del contacto inicial.

Preguntas frecuentes

¿Deben reportarse las cuentas extranjeras?

En algunos casos, sí. Si tiene cuentas bancarias o financieras fuera de EE. UU., revisamos por separado posible reporte FBAR / FinCEN.

¿Podemos trabajar juntos si estoy fuera de EE. UU.?

Sí. Trabajamos con clientes en EE. UU. y en el extranjero cuando el cliente conserva la obligación de presentar una declaración individual de impuestos de EE. UU. En estas situaciones revisamos por separado el estatus fiscal, las fuentes de ingreso, documentos de otro país y posible reporte de cuentas o ingresos extranjeros.

¿Debo guardar documentos después de presentar?

Sí. Guarde copia de la declaración y soportes de ingresos, deducciones, créditos, hijos, negocio, cuentas extranjeras y cartas del IRS.

¿Por qué no debo enviar SSN y documentos tributarios por correo común?

SSN, W-2, 1099, ID y documentos tributarios contienen datos sensibles. Estos archivos deben transmitirse por un método seguro después del contacto inicial.

Contacto

Describa qué tiene: W-2, 1099, Schedule C, ingresos fuera de EE. UU., cuentas extranjeras, una carta del IRS u otra pregunta. Luego sugeriremos el siguiente paso.

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La información en este sitio web es general y no constituye asesoría legal ni tributaria. Los resultados dependen de sus hechos y documentos.